Con el fin de propiciar un adecuado ambiente de convivencia en el Colegio, recogemos el marco normativo general en el que debe desenvolverse la misma.
El espíritu que anima a las normas de disciplina ha de entenderse siempre como un instrumento educativo cuya finalidad es la corrección del alumno en orden a su realización como persona responsable, y el mantenimiento de un ambiente óptimo para el desarrollo normal de la vida escolar.
BASES DEL COMPORTAMIENTO DE ALUMNOS
Se inculcará en los alumnos desde el comienzo de su escolaridad una serie de hábitos de corrección, delicadeza, etc., de acuerdo con el contenido del Plan de Formación, que deben aceptar y vivir. Pero es necesario tener siempre presente que esta obligación ha de nacer del convencimiento personal de cada uno. Ya que se trata de conseguir la autodisciplina, no de imponer una disciplina externa, de resultados superficiales.
Relación con los profesores y el personal no docente
La sincera amistad que existe entre profesores y alumnos hace qué éstos les muestren siempre deferencia y respeto. Siendo manifestaciones concretas:
Relación con los otros alumnos
Se resume en vivir bien el compañerismo y la lealtad, tratando a todos por igual, sin hacer grupos cerrados. Favorece el compañerismo:
Cuidado del Colegio y el material
Para que el Colegio sea un centro educativo donde todo el mundo se sienta a gusto, deben cuidarse una serie de detalles materiales, entre otros:
CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR
Entendemos la disciplina escolar como el dominio de sí mísmo para ajustar la conducta a las exigencias del trabajo y de la convivencia propias de la vida escolar, no como un sistema de castigos o sanciones que se aplica a los alumnos que alteran el desarrollo normal de las actividades escolares con una conducta negativa. La disciplina es un hábito interno que facilita a cada persona el cumplimiento de sus obligaciones y su contribución al bien común.
Así entendida es autodominio, capacidad de actualizar la libertad personal; esto es, la posibilidad de actuar libremente superando los condicionamientos internos o externos que se presentan en la vida ordinaria, y de servir a los demás.
Necesidad de unas normas básicas de convivencia
Podría pensarse que un buen clima en la clase o la actuación positiva continuada de los profesores pueden hacer innecesarias las reglas de disciplina, pero sería no caer en la cuenta de que esas reglas de actuación son los puntos de apoyo que hacen posible ese buen clima escolar. En efecto, el respeto a las personas y a las propiedades, la ayuda desinteresada a los compañeros, el orden y las buenas maneras exigen que todos los que conviven en un curso acepten unas normas básicas de convivencia y se esfuercen día a día por vivirlas. El buen clima de un colegio no se improvisa, es cuestión de coherencia, de tiempo y de constancia.
Son imprescindibles, por tanto, unas normas que sirvan de punto de referencia y ayuden a lograr un ambiente sereno de trabajo, orden y colaboración; un marco generalmente aceptado, que precisa los límites que la libertad de los demás impone a la propia libertad. Para que esas normas sean eficaces, es necesario:
Sin embargo, las normas por sí mismas, no son suficientes. No se logra la disciplina escolar mediante una casuística exhaustiva a modo de pequeño código pena¡ escolar y con la aplicación rigurosa de las sanciones establecidas. La normativa de la convivencia no será nunca un «arma arrojadiza' en manos del profesor para mantener artificialmente un ambiente de orden aparente. La convivencia armónica y solidaria entre todos los que forman el colegio, es la consecuencia de un proceso de formación personal que lleva a descubrir la necesidad y el valor de esas normas elementales de convivencia; que ayuda a hacerlas propias y a aplicarlas a cada circunstancia, con naturalidad y sin especial esfuerzo, porque se han traducido en hábitos de autodominio que se manifiestan en todos los ambientes donde se desarrolla la vida personal.
La disciplina, instrumento educativo.
En un colegio no existen problemas de disciplina: hay algunos alumnos con problemas, a cuya formación es preciso atender de manera particular. Para un educador, la solución no es excluir a los que molestan, sino atender a cada alumno o alumna con problemas de comportamiento, según sus personales necesidades.
Precisamente porque se trata de personas en formación, que no han alcanzado la madurez personal, es necesario establecer un sistema de estímulos reconocimientos y correcciones- para favorecer el desarrollo de la responsabilidad de los alumnos. Por tanto, más que sancionar -recompensar o penar-, las normas de convivencia pretenden estimular las disposiciones positivas de los escolares y corregir las tendencias que no favorezcan la convivencia ordenada, llena de naturalidad, y solidaria entre. todos.
Estímulo y corrección que exigen una actuación continuada por parte de los profesores: los alumnos no cambian de un día para otro. En educación es absolutamente necesario contar con el tiempo y no olvidar que más que corregir el desorden que ha provocado una conducta, importa la formación de quien ha protagonizado el incidente y la de sus compañeros. En un sistema educativo fundamentado en la libertad y en la confianza, no debemos empequeñecer la figura del educador reduciéndola a la de un simple guardián del orden.
El profesor ha de aprovechar las incidencias cotidianas para formar a los alumnos: para corregir las conductas negativas y para reforzar los hábitos positivos. Si no se atendiese también a las actuaciones positivas, algunos alumnos podrían atraer la atención del profesor mediante conductas negativas. Si se habla sólo de correcciones, inevitablemente el colegio se convierte en correccional. El profesor ha de valorar a cada alumno: cuando le respeta y le trata como persona, de ordinario conseguirá que reaccione como persona, positivamente.
La disciplina escolar es, por tanto, un instrumento educativo. Por eso, antes de adoptar una medida ante una conducta inadecuada, es necesario conocer las correcciones que ese alumno ha recibido con anterioridad y cómo reaccionó ante ellas; las circunstancias del alumno, el momento en que se encuentra y los motivos de su comportamiento anómalo; y tener en cuenta la repercusión que ha tenido entre sus compañeros. Más que la sanción, interesa que el autor del incidente no vuelva a realizar una acción semejante. Se han de poner los medios para que el alumno decida rectificar su conducta. En primer lugar, interesa hacerle valorar con objetividad lo que ha pasado; en una palabra, provocar su reflexión. Para que una corrección sea realmente educativa es imprescindible que el alumno valore su actuación y las consecuencias, y concluya que su actuación no fue acertada, de modo que lamente sinceramente haber actuado de ese modo.
Por esta razón, siempre que sea posible se han de imponer correcciones que neutralicen los efectos de la actuación negativa con otra actuación de sentido contrario; ayudando así al alumno no sólo a pedir perdón por su actuación desafortunada, sino a reparar en lo posible el daño causado: limpiar lo que se ha manchado; arreglar o colaborar en la reparación de lo que se estropeó, y abonar su coste; pedir perdón públicamente al ofendido, si fue pública la ofensa; recuperar el tiempo de trabajo perdido, etc.
Interesa conocer bien los motivos de la falta, ya que la reacción del profesor y la sanción que imponga deben ser distintas cuando se trate de una equivocación del alumno -en este caso, habrá que explicarle por qué no debe actuar de esa manera-; cuando sea consecuencia de un carácter inquieto o del apasionamiento de un momento; cuando sea un reflejo de problemas familiares; o cuando se deba a malicia o cálculo. Además, es preciso ser prudentes, para no fomentar actitudes de rechazo, ni predisponer negativamente a los alumnos frente a los medios de formación del colegio, o frente al trabajo escolar. Por ejemplo, no tendría ningún sentido utilizar las calificaciones escolares para sancionar.
También están terminantemente prohibidos los castigos físicos o corporales y todos aquellos que supongan una humillación para el alumno por el tono, por los malos modos empleados, o por la actitud despectiva o distante del profesor. El castigo brusco o airado provoca la aversión del alumno, y al reprimir una conducta si,n corregirla se está fomentando que los alumnos continúen actuando mal a escondidas.
La decisión de dar de baja a un alumno
La medida más extrema que puede aplicarse a un alumno es darle de baja del colegio. Informar a unos padres de que uno de sus hijos debe causar baja en colegio es un medio completamente excepcional que sólo se justifica ante el convencimiento de que esta medida va a beneficiar al alumno, de que en otro centro de características diversas a las del colegio será más fácil su adaptación o podrán atender mejor a ese alumno y ayudarle con más eficacia; o bien por que perjudica seriamente la formación de sus compañeros con conductas negativas reiteradas que no ha sido posible corregir por otros medios. Por tanto, siempre ha de estar acompañada por un diagnóstico y una orientación a los padres sobre el tipo de centro que necesita su hijo.
De ordinario, no se dará de baja a un alumno por un acto aislado, aunque sea muy grave -precisamente cuando los hechos son muy graves se impone una particular serenidad dé juicio en el profesor y los directivos-.
Por la gravedad de esta medida
a) sólo puede ser decidida por el pleno del Comité Directivo;
b) sólo se justifica cuando no se disponen de los medios adecuados para proporcionar al alumno la ayuda que necesita o la permanencia del alumno en el colegio perjudique seriamente la formación de sus compañeros;
c) los padres han de estar advertidos con tiempo suficiente de la situación de su hija o hijo, así como de los medios que se están poniendo para intentar modificar su actitud;
d) se ha de recomendar a los padres el tipo de centro adecuado a la situación de su hijo.
Características de las sanciones.
Para que sean eficaces, las sanciones han de reunir algunas cualidades:
a) Han de tener como fin la formación del alumno y de sus compañeros, ayudarles a reaccionar. Nunca han de ser -siquiera en apariencia- una represalia.
b) Han de ser proporcionadas a la gravedad de la falta y guardar relación con su naturaleza.
c) Nunca se debe corregir cuando la irritación del momento suprime la serenidad de juicio: es mejor dejarlo para más tarde. d) Son más eficaces las correcciones en privado que las que se hacen en público. únicamente conviene corregir en público cuando, por las circunstancias de la actuación negativa, sea necesario para la ejemplaridad del curso.
El proceso sancionador
Interesa seguir habitualmente una línea de actuacion prevista de antemano, con pasos determinados, que ayude a evitar la arbitrariedad. La sanción, como todo el proceso educativo, ha de ser intencional.
Participación de los alumnos
Se ha de procurar la participación activa de los alumnos en la solución de los problemas de disciplina, sobre todo cuando el incidente ha trascendido a toda la clase. En la mayoría de estos casos, es aconsejable que el consejo de curso proponga la corrección que considere oportuna. De ordinario, suelen ser muy severos y dan ocasión de moderar la corrección que sugieren.
Es muy eficaz que los alumnos participen en la elaboración de unas normas de la clase redactadas a partir de las establecidas para todo el colegio y hacer que el consejo de curso las recuerde periódicamente a sus compañeros.